Canarias

Normativa

Decreto 113/2015, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de las viviendas vacacionales de la Comunidad Autónoma de Canarias

 

Requisitos y procedimiento de registro

El Gobierno de Canarias regula las viviendas vacacionales y exige que figuren en el Registro General Turístico de la Comunidad autónoma de Canarias, y que la identificación del Registro se incluya en la publicidad del anuncio. Para poder inscribirla debes presentar una Declaración Responsable -ante el Cabildo Insular correspondiente- y que la vivienda cumpla una serie de requisitos:

 

– las viviendas vacacionales deben ser cedidas al completo.
– podrán sujetarse al decreto aquellas viviendas que no se encuentren en zona turística, urbanización turística o en urbanización mixta residencial turística.
– las viviendas vacacionales, exhibirán, siempre que no conste prohibición expresa por parte de las normas de la comunidad de propietarios, en la entrada, en lugar visible, una placa-distintivo con el número de registro.

 

 

Registro Obligatorio

Para cumplir con la normativa vigente debes insertar en tu anuncio, la identificación obtenida en el Registro General Turístico de Canarias. Para ello hemos habilitado un campo específico que encontrarás en la pestaña de “Datos básicos” al modificar tu anuncio o puedes enviarla a [email protected] y nosotros la añadiremos a tu anuncio.

 

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Updated on 27 agosto, 2019

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