Extremadura

Normativa

Decreto 182/2012, de 7 de septiembre, por el que se establece la ordenación y clasificación de los apartamentos turísticos de la Comunidad Autónoma de Extremadura

Decreto 205/2012, de 15 de octubre, por el que se regula el Registro General de Empresa y Actividades Turísticas de Extremadura

LEY 6/2018, de 12 de julio, de modificación de la Ley 2/2011, de 31 de enero, de desarrollo y modernización del turismo de Extremadura

Requisitos y procedimiento de registro

La Junta de Extremadura regula los Apartamentos Turísticos -en cuya definición, hasta que se apruebe una norma específica, se incluye a la viviendas turística– y exige que figuren en el Registro General de Empresas y Actividades Turísticas de Extremadura. Para poder inscribirla debes presentar una Declaración Responsable y que la vivienda cumpla una serie de requisitos:

– no se permite la cesión por habitaciones.
– contratar seguro de responsabilidad civil.

 

Para asegurarte de que cumples todos los requisitos, y cuál es el procedimiento de inscripción, te recomendamos consultar esta sección.

Para más información puedes dirigirte a la Dirección General de Turismo

Tel: 924 332 000
Email:[email protected]

 

Registro Obligatorio

Para cumplir con la normativa vigente debes insertar en tu anuncio, la identificación obtenida en el Registro General de Empresas y Actividades Turísticas de Extremadura. Para ello hemos habilitado un campo específico que encontrarás en la pestaña de “Datos básicos” al modificar tu anuncio o puedes enviarla a [email protected] y nosotros la añadiremos a tu anuncio.

 

* No podemos garantizarte que alguna de estas normativas no haya sufrido modificaciones, por eso te recomendamos que siempre te informes en los contactos que te facilitamos.

Si tienes dudas sobre la normativa de tu zona escríbenos a [email protected]

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Updated on 26 oktober, 2023

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