Galicia

Normativa

Decreto 12/2017, de 26 de enero, por el que se establece la ordenación de apartamentos turísticos, viviendas turísticas y viviendas de uso turístico en la Comunidad Autónoma de Galicia

 

Requisitos y procedimiento de registro

La Xunta de Galicia regula las Viviendas de Uso Turístico y exige que figuren en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Comunidad Autónoma de Galicia. Para poder inscribirla debes presentar una Declaración Responsable y que la vivienda cumpla una serie de requisitos:

– estancias no superiores a 30 días.
– no se permita el alquiler por habitaciones.
– se exige calefacción en todas las dependencias.

Para asegurarte de que cumples todos los requisitos, y cuál es el procedimiento de inscripción, te recomendamos consultar esta sección donde se despejan las principales dudas sobre las viviendas de uso turístico.

O contactar con la Agencia de Turismo.

Tel: 981 546 351 – 981 546 352
Email: [email protected]

 

Asociaciones

Además hay una asociación que agrupa a propietarios y gestores de viviendas vacacionales. Puede interesarte contactar con ellos.

  • Asociación de Viviendas Turísticas de Galicia: Aviturga

 

Registro

Te informamos que hemos habilitado un campo específico que encontrarás en la pestaña de “Datos básicos” al modificar tu anuncio donde podrás incluir la identificación obtenida en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Comunidad Autónoma de Galicia o puedes enviarla a [email protected] y nosotros la añadiremos a tu anuncio.

 

* No podemos garantizarte que alguna de estas normativas no haya sufrido modificaciones, por eso te recomendamos que siempre te informes en los contactos que te facilitamos.

Si tienes dudas sobre la normativa de tu zona escríbenos a [email protected]

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Updated on 28 december, 2018

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