Normativa
- Ley 15/2018, 7 de junio, de la Generalitat, de turismo, ocio y hospitalidad de la Comunitat Valenciana
- Decreto 92/2009, de 3 de julio. Reglamento de Alojamientos Turísticos y empresas gestoras de la Comunitat Valenciana
- Decreto 75/2015, de 15 de mayo, regulador de los establecimientos hoteleros de la Comunitat Valenciana
- Decreto 10/2021, de 22 de enero, de aprobación del Reglamento regulador del alojamiento turístico en la Comunitat Valenciana
- Decreto-ley 7/2024, de 9 de julio, del Consell, de simplificación administrativa de la Generalitat·
- Decreto-ley 9/2024, de 2 de agosto, del Consell, de modificación de la normativa reguladora de las viviendas de uso turístico.http://chrome-extension://efaidnbmnnnibpcajpcglclefindmkaj/https://dogv.gva.es/datos/2024/07/10/pdf/2024_6750_es.pdf
Requisitos y procedimiento de registro
La Generalitat Valenciana regula las Viviendas de Uso Turístico y exige que figuren en el Registro de Turismo de la Comunidad Valenciana, y que la identificación del Registro se incluya en la publicidad del anuncio. Para poder inscribirla debes presentar una Declaración Responsable ante el Servicio Territorial de Turismo de la provincia donde se ubique la vivienda y que la vivienda cumpla una serie de requisitos:
– se alquilan al completo, no se permite el alquiler por estancias.
– contar con un informe preceptivo favorable por el Ayuntamiento que confirme la “aceptación de compatibilidad” de uso turístico.
– cumplir al menos con los requisitos de la categoría estándar: plano de evacuación situado en la puerta principal de la vivienda, listado telefónico de emergencia, información de lugares de interés, etc.
Para asegurarte de que cumples todos los requisitos, y cuál es el procedimiento de inscripción, te recomendamos consultar esta sección donde se despejan las principales dudas sobre las viviendas turísticas.
O contactar con los Servicios Territoriales de Turismo:
Tel: 963 866 000 – Alicante
Tel: 964 725 511 – Castellón
Tel: 963 986 400 – Valencia
Acuerdos y asociaciones
Para ponértelo aún más fácil, desde Rentalia tenemos un acuerdo con Planos Low Cost, expertos en la gestión de licencias turísticas, que te ayudarán con la inscripción de tu alojamiento y tú disfrutarás de un descuento del 10% por ser cliente de Rentalia. Si te interesa puedes enviarles un email a [email protected] o llamar al 963 536 018. Recuerda que, para recibir tu descuento, es muy importante que menciones la referencia de tu anuncio en Rentalia.
Además hay algunas asociaciones que agrupan a propietarios y gestores de viviendas vacacionales. Puede interesarte contactar con ellos.
- Asociación Empresarial de Alquiler de Viviendas en la provincia de Alicante: AEA
- Asociación de Empresas Gestoras de Alquileres de la Costa Blanca: Aptur
- Federación Empresarial de Alquileres Turísticos de la Comunidad Valenciana: Fevaltur
- Asociación de pequeños propietarios de viviendas de uso turístico de la Comunidad Valenciana: Viutur
Registro Obligatorio
Para cumplir con la normativa vigente debes insertar en tu anuncio, la identificación obtenida en el Registro de Turismo de la Comunidad Valenciana. Para ello hemos habilitado un campo específico y de carácter obligatorio que te solicitaremos en el proceso de publicación de tu vivienda.
* No podemos garantizarte que alguna de estas normativas no haya sufrido modificaciones, por eso te recomendamos que siempre te informes en los contactos que te facilitamos.
Si tienes dudas sobre la normativa de tu zona escríbenos a [email protected]
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